CONTROL EN ESTACIONES DEPURADORAS
NORMAS PARA LA TOMA DE MUESTRAS
Para conocer el grado de funcionamiento de una depuradora es necesario el control de una serie de variables en distintos puntos de la planta que nos permitan obtener información de la calidad del tratamiento.
El esquema de una EDAR convencional cuenta con una línea de agua y una línea de fango.
LÍNEA DE AGUA
Incluye:
Entrada, desbaste de gruesos, desbaste de finos, tratamiento primario, tratamiento secundario, tratamientos terciarios (desinfección, acondicionamiento, etc.) y salida.
CONTROLES
Sólidos totales
Sólidos fijos y volátiles
Sólidos en suspensión
Sólidos sedimentables
Demanda Química de oxígeno
Demanda Bioquímica de oxígeno
pH
Color
Nitrógeno
Fósforo
Aceites y grasas
etc.
LÍNEA DE FANGOS
El tratamiento de las aguas residuales, cuyo objetivo es la depuración de las mismas antes de su vertido al cauce receptor, conduce a la producción de unos desechos llamados FANGOS.
La línea de fangos Incluye:
Espesamiento, digestión anaerobia y gasómetro.
CONTROLES
pH
Concentración en materia seca (MS)
Concentración en materias volátiles (MV)
Alcalinidad del fango de los digestores
Ácidos volátiles del fango de los digestores
Índice volumétrico de lodos si hay tratamiento secundario
Grado de Sequedad del Fango o de la Torta
etc.
Controles específicos para la utilización de los lodos de depuración en el sector agrário (RD 1310/90)
NORMAS PARA LA TOMA DE MUESTRAS
RECIPIENTES
De vidrio borosilicatado de 1000 mL de capacidad para análisis bacteriológico, de fósforo, nitratos, grasas y metales.
Los recipientes empleados en la toma de muestra de agua destinados a análisis de grasas deben ser lavados finalmente con algún disolvente de las grasas.
CONSERVACIÓN
El análisis debe ser lo más rápido posible con relación a la toma de muestras principalmente para análisis microbiológico y para aguas negras.
La degradación de una muestra de aguas residuales es mucho más rápida que la de una muestra de aguas limpias.
Almacenar la muestra a temperatura inferior a 4ºC y en oscuridad hasta la realización del análisis.
PUNTO DE MUESTREO
Las muestras se tomarán en zonas de suficiente turbulencia para garantizar la representatividad de la muestra respecto a la calidad global del efluente.
NORMATIVA ASOCIADA
Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las Normas Aplicables al Tratamiento de las Aguas Residuales Urbanas
Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas
Real Decreto 2116/98, de 2 de octubre, POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 509/96, de 15 de marzo, DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO-LEY 11/95, de 28 de diciembre, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS APLICABLES AL TRATAMIENTO DE LAS AGUAS RESIDUALES URBANAS.
Real Decreto 1620/2007 que establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas
Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario.